Las telecomunicaciones como servicio público esencial en competencia: un DNU inexplicable
El Decreto de Necesidad y Urgencia 690 del 21 de agosto pasado definió a los servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) como “servicio público esencial y estratégico en competencia”. Allí están incluidos Internet, telefonía fija y móvil, y TV-Cable con vínculo radioeléctrico y satelital (TV paga), cuyos precios finales de aquí en más pasarán a ser regulados por el Estado. O algo por el estilo.[1]
La última oración no es un exabrupto. La improvisación que demuestra este DNU es llamativa, y tanto sus motivaciones como sus contenidos son difíciles de descifrar por el momento. En efecto, alrededor del DNU 690/20 hay algunas certezas y varias dudas. Entre las certezas, está –en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19– el congelamie...




